lunes, 6 de junio de 2016


Bienvenidos a INFOJURI. La informática ha avanzado muchos es los últimos años, abarcando gran parte de la población mundial y sus diferentes áreas. por supuesto el Derecho no se podía quedar atrás, aquí podrás encontrar información útil que te ayudara a comprender como la informática ha avanzado en las ciencias jurídicasentarios personales
USO, IMPACTO Y PERSPECTIVA DE LAS TIC EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA VENEZOLANA
En estos tiempos, para iniciar este aparte es bueno destacar que las nueva tecnologías de información conforman un vasto espacio, a tal punto que la tecnología desde siempre ha sido considerada como una de las fuerzas esenciales y promotoras para el desarrollo de un país, históricamente la humanidad se ha visto envuelta en oleadas de revoluciones tecnológicas. En el siglo XXI se han innovado nuevas tecnológicas en muchos ámbitos, hasta la actualidad.
El objetico es reflexionar de manera general sobre el impacto de las tecnologías de información y comunicación en la administración pública venezolana, con especial énfasis en la administración de justicia, utilizando una metodología de investigación bibliográfica-documental, la organización entre la tecnología y las formas de organización del trabajo, la incorporación de la tecnología de información y comunicación en la administración de justicia.
En los últimos años, los poderes públicos están incorporando las tecnologías de la información y la comunicación a su quehacer diario tanto para mejorar la gestión interna como para facilitar la relación con los ciudadanos. La Administración de Justicia no ha sido una excepción a este proceso a pesar de que, tal vez, lo ha hecho a un ritmo más lento del experimentado, por ejemplo, por la Administración pública y tampoco ha sido objeto de tanta atención política y académica como la que ha acompañado el desarrollo de la Administración electrónica.
La Administración de Justicia está incorporando las tecnologías de la información y el conocimiento. En su funcionamiento interno y en sus relaciones con los operadores jurídicos y los ciudadanos. TIC (Abreviación para las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones). Es decir, todas esas tecnologías que nos permiten acceder, producir, guardar, presentar y transferir información. Ellas están en todos los ámbitos de nuestras vidas, en nuestra vida social, familiar y escolar. Sus usos son ilimitados y pueden manejarse con facilidad, sin necesidad de ser un experto.
Las TIC en el sistema judicial y el derecho administrativo busca hacer  fácil y rápido las gestiones y trámites sin requerir tantos papeleo al momento de hacer una solicitud. Para garantizar una justicia rápida, de calidad y eficaz es necesaria la modernización de dichos elementos de información y comunicación tanto en el ámbito interno como en el externo que incluyen totalmente todas las instituciones públicas del estado, ya sean ministerios, alcaldías, notarias, fiscalías etc. Tras estas innovaciones el sistema judicial y el derecho administrativo se han formado de facilidades en los trámites realizados en cada una de las entidades.
Esta modernización del Estado se relaciona también con la necesidad de una mayor transparencia en la gestión económica y fiscal del aparato público, en la búsqueda de una mayor eficiencia en la prestación de servicios públicos y en el mejoramiento de la calidad de los servicios ofrecidos a los ciudadanos. Estos factores pueden conducir también al incremento del proceso de democratización política, contribuyendo a aumentar la legitimación de gobiernos y establecer nuevas maneras de gestionar las actividades públicas (ALADI, 2001).
El gobierno junto con la administración de justicia tiene la capacidad de obtener  mayor información sobre el funcionamiento de la justicia como facilitar el exceso a los usuarios  de la misma, para resaltar unos de los aspectos más importantes que la administración de justicia tiene los criterios como el grado de complejidad, técnicos o aplicación. En la aplicación nos permite delimitar el uso de las tecnología e información y comunicación en administración de justicia; tratamiento de la información (informar), la gestión de los expediente judiciales (gestión), la relación entre la administración de justicia y operadores jurídicos (relación) y la toma de daciones (decisiones).
COSTA (1998) argumenta que la responsabilidad social, característica de la administración pública, debe imponer compromisos con resultados eficaces. Obtener resultados eficaces en la administración pública significa democratizar el acceso y mejorar la calidad de los servicios públicos, en todos los niveles, ampliar el control de la sociedad y aumentar el grado de solución de los problemas.
Por lo tanto, al encontrarnos es un mundo globalizado y con recursos tecnológicos que progresan a diario, presentándose drásticos cambios en los espacios y tiempos generados por la revolución de las comunicaciones y la información. Es importante entonces que la administración de justicia incluya en su desarrollo el uso de las Tecnologías de la Información, que hoy día son una de las principales fuentes del conocimiento y que pueden utilizarse, de entre otras tantas formas, para hallar pruebas de la culpabilidad de un crimen. Este panorama de influencia de la informática no puede ser omitido en el ámbito judicial, que en América Latina se está reformando desde hace 20 años.
Marco Jurídico TIC Administración de Justicia.
Ahora bien, La Ley que regula el uso de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia es la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia. Así mismo, el resto de las normas que regulan son las siguientes:
  • La Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introdujo, por vez primera en nuestro ordenamiento jurídico, la posibilidad de utilizar medios técnicos, electrónicos e informáticos para el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las funciones de juzgados y tribunales.
  • El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el día 22 de abril de 2002 una Proposición no de Ley sobre la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. El apartado 21, establecía la necesidad de que la justicia sea tecnológicamente avanzada, reconoce el derecho «a comunicarse con la Administración de Justicia a través del correo electrónico, videoconferencia y otros medios telemáticos con arreglo a lo dispuesto en las leyes procesales».
  • La Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, proclama la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, creando un instrumento técnico llamado Plan de Transparencia Judicial . Este Plan fue aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de octubre de 2005. Se identifica como instrumento imprescindible para lograr el objetivo de la transparencia la plena utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia.
  • Por último, en el plano internacional, la Unión Europea ha desarrollado el Plan de Acción E-Justicia. Este Plan de Acción busca la mejora de la eficacia de los sistemas judiciales mediante la aplicación de las tecnologías de información y comunicación en la gestión administrativa de los procesos judiciales.
Los principales objetivos de la Ley 18/2011, de 5 de julio son:
  • Agilizar el proceso público gracias a las posibilidades que ofrecen el uso de las tecnologías y las comunicaciones.
  • Generalizar el uso de las nuevas tecnologías para los profesionales de la justicia.
  • Definir en una norma con rango de Ley el conjunto de requisitos mínimos de interconexión, interoperabilidad y seguridad necesarios en el desarrollo de los diferentes aplicativos utilizados por los actores del mundo judicial, a fin de garantizar la seguridad en la transmisión de los datos y cuantas otras exigencias se contengan en las leyes procesales.
Ahora bien, las nuevas tecnología no solo brindan la posibilidad de recolectar, almacenar y procesar la información; sino que, a través de la internet, los gobiernos pueden brindar servicios, establecer una comunicación más estrecha con los ciudadanos y publicar información a través de páginas web. La administración publica venezolana, se han desarrollado diversos sistemas informáticos a los fines de implementar tecnología de comunicación e información al funcionamiento de la administración y los servicios que presta.

la administración de justicia tiene importantes beneficios en su funcionamiento: los profesionales de la justicia pueden ahorrar tiempo y trabajo; el gobierno puede obtener mayor información y transparencia sobre el funcionamiento de la justicia, y ofrecerla de manera más eficaz y eficiente; los justiciables pueden relacionarse directamente con la justicia, lo que les puede facilitar el acceso de las mismas. En general, las TIC pueden facilitar que los ciudadanos la tengan más cerca y que se pueda acercar también a determinados colectivos.

Informática Forense

Actualmente, España es un país soberano, miembro de la Unión Europea, su

régimen de gobierno es la Monarquía Parlamentaria, está organizado en

diecisiete comunidades autónomas, dos ciudades autónomas y cincuenta

provincias. El producto interior bruto pone a España en el decimotercer lugar

en la posición mundial.

Se considera a España como una potencia turística ya que recibió más de

68,1 millones de personas en el 2015 y es el tercer país más visitado en el

mundo, provocando sus grandes ingresos económicos gracias a este medio.

España se está convirtiendo muy rápido en líder innovador, generando

grandes y efectivas soluciones en los sectores: biotecnológico, ferroviario,

energías renovables, de maquinaria industrial e ingeniería civil.

Otro de los desarrollos o avances en España es la informática, en especial la

informática forense.

La Informática Forense se encarga de analizar sistemas informáticos en

busca de evidencia, que colabore a llevar adelante una causa judicial o una

negociación extrajudicial.

Es la aplicación de técnicas y herramientas de hardware y software para

determinar datos potenciales o relevantes.

Ayuda a detectar pistas sobre robo de información, conversaciones, chats,

entre otros.

Es muy importante destacar que la informática forense no tiene parte

preventiva, es decir, que no va a prevenir delitos informáticos, para eso existe

la seguridad informática, solo esta herramienta ayudara detectar evidencias,

pistas o rastros que surjan del hecho ocurrido.

La informática forense en España es eficaz, ya que este es un país

desarrollado. Los países desarrollados, son países que poseen tanto un alto

nivel de vida como un gran desarrollo industrial y comercial. Uno de los

indicadores más usados para considerar a un país como desarrollado es el

índice de desarrollo humano. Este índice toma en cuenta la riqueza,

la educación y la sanidad, una economía desarrollada de cada país en particular

genera como consecuencia un alto nivel de vida. 

También porque España tiene muchos despachos jurídicos especializados

en materia de informática forense como:   Arga Detectives, Detectives Madrid

Centro, Agencia de Detectives y detectives privados Madrid asociados. Esto

hace de la búsqueda de pistas, evidencias y referencias, una tarea un poco más

sencilla y menos laboriosa, ya que se cuenta con una serie de expertos

especializados en la materia.

Otro argumento de eficacia de este proceso, es que los peritos que deben

hacer la serie de investigaciones están excelentemente capacitados, ya que cada

uno de ellos publica sus experiencias de casos, en páginas de despachos

jurídicos españoles.

Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o

prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o

adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de

peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos

previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el

tribunal. (art. 335 LEC Ley de Enjuiciamiento Civil). Además, los peritos

deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del

dictamen y a la naturaleza de éste (art. 340 LEC Ley de Enjuiciamiento Civil).

Este tema es considerado muy importante para los crímenes informáticos,

ya que es la herramienta utilizada para la recolección de evidencias y pistas

que llevaran a la solución del problema.

España es un país el cual puede avanzar más en este aspecto, porque como

todo país con ansias de crecer y seguir desarrollándose, quiere la seguridad de

todos aquellos casos referentes a la informática forense.

Si este país sigue por este rumbo evolutivo, tendrá un gran futuro muy

prometedor en esta materia, porque pueden seguir creando escritorios

dedicados, su economía puede crecer y su gente puede tener distintas

perspectivas que ayudarán al avance.

Piramide de kelsen


 La pirámide de kelsen  jerarquizan las leyes, acá podemos contemplar como las leyes venezolanas han integrado la informática

Informática Desicional

Esta investigación mostrará cómo se implementa, esta nueva forma de ver y

analizar el Derecho, desde el punto de vista más Tecnológico y Avanzado.

La Informática Jurídica Decisional, tiene una serie de características muy

novedosas, al transcurrir la investigación nos hemos dado cuenta la gran variedad

de formas en la que podríamos aplicar de manera eficiente y facilitar el trabajo

jurídico, pero a la vez tiene ciertas limitaciones, al estudiar de forma pragmática

todo asunto jurídico, crear y dictar veredictos o decisiones de la misma manera.

ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA INFORMÁTICA

La Informática constituye un fenómeno-ciencia, que ha logrado penetrar en

todos los ámbitos o áreas del conocimiento humano, y siendo el Derecho una

ciencia, por cuanto constituye un área del humano saber, reflejándose en un

conjunto de conocimientos, pues, no cae en la excepción de ser tratada por la

Informática, dando lugar en términos instrumentales a la Informática jurídica, que

consiste en una ciencia que forma parte de la Informática, que al ser aplicada

sobre el Derecho busca el tratamiento lógico y automático de la información legal.

La Informática Jurídica ha sufrido una serie de variaciones a lo largo de la

evolución de la propia Informática, pero su nacimiento es demarcado en el año

1.959 en los Estados Unidos.

Tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrollan las primeras

investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma

automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u

ordenadores ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos.

Fue en la Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center,

donde el director llamado John Horty concibió la idea de crear un mecanismo a

través del cual se pudiera tener acceso a la información legal de manera

automatizada.

Para el año 1.959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania

colocó los ordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue

el Estado donde nace la recopilación legal Informática, que fue demostrada al año

siguiente, es decir, en 1.960, ante la Asociación Americana de Abogados en su

reunión anual en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C.

A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el

mencionado sistema legal automatizado y posteriormente lo explotó

comercialmente. Fue de esta forma, como la automatización de los ordenamientos

legales de ese país fueron tomando cabida. En 1.966, doce Estados de Estados

2

Unidos tenían este sistema y para 1.968, cincuenta Estados de ese mismo país lo

acogieron.

Otro logro para el desarrollo de la Informática jurídica, se puede conseguir

también en el Health Law Center antes mencionado, a través de un sistema que se

llamó Lite, hoy llamado Flite, que consiste en la información legal Federal a

través de computadoras, desarrollado bajo contrato con la Fuerza Aérea

Norteamericana en el año 1.969.

La década de los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas.

Además de los mencionados anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy

Flite), surgen otros sistemas como por ejemplo:

En 1.964 la Corporación Americana de Recuperación de Datos comenzó a

explotar comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos.

En 1.967 aproximadamente, la Corporación de Investigación Automatizada de

la Barra de Ohio, desarrolló sistemas enfocados hacia los abogados litigantes,

llamado sistema OBAR. Sin embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron

continuados en 1.970 por Mead Data Central, que explotó comercialmente en

1.973 el sistema LEXIS como sucesor de OBAR.

Por otro lado, la famosa IBM, fue expandiéndose en el área de recuperación de

documentos, al punto de que en Washington, D.C., se empezó a utilizar el sistema

de procesamientos de documentos de la IBM, llamado IBM- TEXTPAC. La IBM

desarrolló otro sistema llamado STAIRS, que fue acogido por otros Estados de

Estados Unidos.

ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA

Tuvo sus comienzos cuando en los años 50 se desarrolló las primeras

investigaciones para la recuperación de documentos jurídicos en forma

automatizada.

Fue en la universidad de Pittsburg Pensilvania, el director llamado John Horta,

quien concibió la idea de crear un mecanismo para tener acceso a la informática

3

legal automatizada. A raíz de esto la corporación del sistema aspen, rediseño el

sistema legal automatizado y luego lo exploto comercialmente.

Podemos decir o afirmar que la década de los 60, constituye el inicio del

desarrollo de varios sistemas, como son por ejemplo: 1) La corporación de

investigación automatizada de la barra de Ohio, 2) El sistema obar, entre otros.

CONCEPTO DE INFORMÁTICA JURÍDICA

  La Informática jurídica consiste en una ciencia que forma parte de la

Informática, es la especie en el género, y se aplica sobre el Derecho; de manera

que, se dé el tratamiento lógico y automático de la información legal.

Es una ciencia que estudia la utilización de aparatos o elementos físicos

electrónicos, como la computadora, en el Derecho; es decir, la ayuda que este uso

presta al desarrollo y aplicación del Derecho. En otras palabras, es ver el aspecto

instrumental dado a raíz de la Informática en el Derecho. Descubriendo así las

técnicas y conocimientos para la investigación y desarrollo de los conocimientos

de la Informática para la expansión del Derecho, a través de la recuperación

jurídica, como también la elaboración de material lingüístico legal, instrumentos

de análisis, y en general el tratamiento de la información jurídica.

Es importante recordar, que la Informática jurídica como disciplina dentro de

la Iuscibernética -que constituye el marco mediato entre la relación Derecho e

Informática, y que la misma forma parte de la cibernética como ciencia general-,

han hecho posible el desarrollo de ciencias que al mezclarse posibilitan un mejor

desarrollo y tratamiento de la comunicación de las mismas, como se refleja en esta

relación entre el Derecho e Informática de las cuales se desprenden ciertas

disciplinas como lo son la Informática Jurídica, el Derecho Informático, la

Jurimetría, Modelística Jurídica, entre otras.

4

TIPOS DE INFORMATICA JURIDICA DECISIONAL O META

DOCUMENTAL

1.-Informática Jurídica Documental.

       Consiste en la creación y recuperación de la información jurídica como leyes,

doctrinas y jurisprudencias, es decir, se busca es la creación de bancos de datos

jurídicos que se refieran a cualquier fuente del Derecho, con la finalidad de poder

establecer una relación entre el usuario y la computadora.- La finalidad de la

informatización en un sistema documental y jurídico es el desenvolvimiento,

búsqueda y adquisición de manera rápida y pertinente de la información que

previamente ha sido almacenada.

En las circunstancias actuales se hace necesaria la utilización de sistemas

informatizados de documentación jurídica (bases de datos de legislación,

jurisprudencia y doctrina), que le permitan al jurista el acceso a grandes

volúmenes de información de una manera eficaz. Existen tres métodos de

búsqueda de información documental, que son:

Full-text: en este criterio de búsqueda es aplicado a todo el texto.

Keywords: en este el criterio de búsqueda es aplicado a un conjunto de palabras

claves que se almacenan en el texto.

Abtract: en este el criterio de búsqueda es aplicado sobre el resumen del texto.

Automatización de fuentes de información:

Es un sistema que se utiliza en muchas empresas para asistir y automatizar

procesos de la empresa como la gestión de pedidos, compras, solicitud de ofertas,

logísticas, finanzas y nominas, para así optimizar la eficacia de las operaciones

cotidianas.

2.-Informática Jurídica de Gestión y Control Es aquella que se desarrolla

en los Tribunales (Juris 2000), Notarias y Registros con la finalidad de crear

programas para llevar el seguimiento de trámites y procesos con el objeto de

mantener actualizada la información y llevar un buen control de la misma, así

5

como también poder obtener actos jurídicos como contratos, certificaciones y

mandatos judiciales, también conocida como OFIMATICA (automatización de

oficinas).

            Otro aspecto importante lo constituye la posibilidad de establecer una

comunicación entre ordenadores. Esto permite el intercambio de información

entre los propios ordenadores del despacho mediante la utilización de una red

local. Por otro lado, la creciente expansión de las redes de área amplia, cuyo

ejemplo más patente lo constituye la red INTERNET y que permiten conectar

ordenadores sin límite de distancias, hace posible la comunicación del despacho

con otros bufetes, con los tribunales, los colegios de abogados, notarías, registros,

etc. Con ello, además de obtener la información sin necesidad de perder tiempo en

desplazamientos, se puede conseguir el acceso a la misma en cualquier momento

sin la limitación que imponen los horarios de oficina.

    3.-Informática Jurídica Decisional o Meta documental, que es el tema que

nos ocupa

Comprende el campo de la inteligencia artificial (IA) de los sistemas expertos,

concretamente de los sistemas expertos jurídicos (SEJ) que reproducen la

actividad del jurista, como auxiliar en la adopción de decisiones para problemas

concretos.

Es aquella a través del cual se ayuda a los Jueces en la toma de decisiones de

las diferentes causas o materias, a través de la denominada Inteligencia Artificial

(Robots), que se podría definir de manera muy simple como el área de estudio

dentro de la informática cuyo objetivo es hacer razonar a un ordenador de manera

similar a como lo hacen los humanos.- De esta manera, y trasladada al campo

jurídico, la Inteligencia Artificial se aplicaría a la creación de “sistemas

inteligentes”, que incorporarían conocimientos jurídicos y estrategias de

razonamiento apropiadas, con el fin de servir de ayuda a los Jueces en la

resolución de problemas legales.

Abarca una gran variedad de esfuerzos y proyectos que intentan obtener de las

6

aplicaciones de la informática al Derecho, resultados que van más allá de la

recuperación de información, a diferencia de las otras informáticas jurídicas, su

pretensión es que la computadora resuelva por si misma problemas jurídicos, o al

menos auxilie a hacerlo y constituya el avance de la técnica jurídica.

La Informática Jurídica Decisional, por  último, es la utilización de la

Informática como un instrumento para ayudar a la toma de decisiones. Tal es el

caso de los jueces ante las sentencias. Está basada, principalmente, en técnicas de

la denominada “inteligencia artificial” con el empleo de sistemas expertos y

herramientas similares.”

“Se basa en el principio de que el computador facilite la información adecuada

al jurista para ayudarle a tomar una correcta decisión. El cúmulo de información

existente, constituye una explosión documental y es la que ha dado origen a esta

nueva necesidad, la cual es la de contar con procedimientos expeditos que nos

permitan recuperar la información necesaria en el momento adecuado.-  De esta

necesidad han nacido los sistemas expertos legales que son programas capaces de

efectuar análisis jurídico; vale decir, es aquel sistema mecanizado capaz de

organizar procesos y analizar automáticamente un cúmulo de información y

conocimientos produciendo para el usuario una caracterización deontológica de la

acción que debe ejecutar. En otras palabras un consejo o una guía sobre la acción

que debería realizar en forma pertinente y funcional. “Esta rama se caracteriza por

conformarse por ceses del conocimiento jurídico.

La Informática Jurídica Decisional o Meta documental constituye aquella rama

de la informática jurídica que tiene un mayor significado de complejidad, por

cuanto no se agota en la recopilación de textos documentarios, en la realización de

documentos jurídicos, o control de asuntos, sino que es aún más profunda en su

aplicación de la informática, extendiéndose por ejemplo: al campo decisional,

educativo e investigativo.

Pero, ¿Cómo influye este tipo de informática en estos campos antes

mencionados?

7

Simplemente, existe un factor determinante para la realización o puesta en

marcha de la Informática Jurídica Meta documental. Ese factor está constituido

por el extraordinario invento de lo que se conoce como la inteligencia artificial,

dando la oportunidad de crear sistemas de expertos artificiales, que al entrar en el

ámbito jurídico se constituyen en sistemas de expertos legales artificiales.

La inteligencia artificial es una disciplina que estudia y desarrolla la capacidad

de los autómatas y robots, con el fin de resolver problemas por medio

de procesos afines a los del pensamiento humano. En otras palabras, la

Inteligencia Artificial constituye una disciplina que estudia y desarrolla

mecanismos de dotación a los computadores de facultades propias de la

inteligencia humana.

Consiste entonces, en la incorporación de mecanismos manipulables en la

computadora, que comprenden el conocimiento sobre algún tema, y los

procedimientos necesarios para dar solución o respuesta a los problemas

planteados acerca del tema en discusión.

En este orden de ideas, como parte de la inteligencia artificial, aparecen los

sistemas de expertos artificiales, que consisten en la incorporación de

conocimientos de expertos humanos sobre una determinada problemática

o materia, para la solución de cualquier tipo de problema, sobre todo aquellos no

solucionables por los métodos tradicionales de la informática.

8

CLASIFICACIÓN DE LA INFORMATICA JURIDICA DECISIONAL O

META DOCUMENTAL

1.- Sistemas Expertos Legales: son la estructuración de conocimientos

especializados que, acoplados al mecanismo de referencia, saca conclusiones a

partir de la información que se le suministra en forma de pregunta o respuesta.

       Estos sistemas expertos pueden realizar operaciones lógicas sobre los

elementos que lo integran, además de razonamiento, en virtud de contar con una

base de datos estructurada. Se trata en definitiva de sistemas aptos para tomar dos

o más informaciones  para la base de conocimiento, y producir a partir de ellos,

una conclusión lógica, cuyo resultado no previo al experto, sino que es adoptado

por el propio sistema (inteligencia artificial).

Inteligencia Artificial: es el estudio de facultades mentales, a través del uso

de modelos computacionales.

Conformación del Sistema Experto:

1.- Los Hechos

2.- La Heunística

Los Hechos, constituyen un bloque de informaciones compartidas disponibles,

y generalmente adquiridos de los expertos del campo del conocimiento.

La Heunística, (encuentro o búsqueda, antes de la búsqueda), mediante su

método procede paso a paso  decidiendo tras cada uno de ellos la estrategia que

conviene aplicar para dar el cese, y así sucesivamente.

También se ha conceptualizado la Heunística como el método que se aplica en

el ámbito de la inteligencia artificial.

9

Ej. Cuando un ordenador juega ajedrez, y decide cada jugada, no ya de

acuerdo a una lista, sino en función de una nueva situación creada por la última

jugada del adversario, que toma una decisión razonada.

Normalmente un sistema experto se describe egocéntricamente como un

sistema informático que concierte:

–   Una base de conocimiento en forma de banco de datos bien estructurado.

–  Un sistema cognoscitivo o motor de inferencias lógicas que comprenden la

mayor parte de los esquemas  de razonamiento validos al interior del dominio

considerado.

–  Una interface encargada de proveer comunicación al usuario con la máquina.

CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS EXPERTOS

a)  Es conveniente que un desarrollo se dé en campos o áreas muy específicas del

derecho.

b)  La mayoría se apoyan en la Heunística, que por medio de este método van

introduciendo a los usuarios (que casi siempre desconocen las reglas jurídicas), al

campo de la normatividad jurídica, relacionándola con los hechos que se dan en

un caso específico.

c)   La mayoría de los sistemas expertos jurídicos pueden procesar información

incierta o incompleta.

d) Casi todos los sistemas expertos tienen que estar desarrollados en un

vocabulario común, que trate en el conocimiento de los usuarios, las normas del

derecho sustantivo y los procedimientos legales.

El Sistema de Análisis Jurídico, es decir, un sistema jurídico experto, puede

describirse como un sistema que organiza y expresa automáticamente un conjunto

de conocimientos y produce para el usuario una recomendación acorde a las

normas preestablecidas de la acción a seguirse. Los elementos que integran un

sistema experto de esta naturaleza son los siguientes: - Capacidad para representar

en abstracto la descripción de un caso en cuanto a los hechos. - Capacidad para

representar en abstracto, y en forma lógica, los principios jurídicos aplicables al

10

caso, y la capacidad para evaluar las implicaciones de la aplicación de las normas

al caso. La existencia de un mecanismo que efectúe el análisis jurídico; esto es,

que seleccione las normas o principios pertinentes y los aplique. Un programa

inteligente aplicado al derecho contencioso, por ejemplo, trataría de simular el

comportamiento de un juez cuando se enfrenta a un problema litigioso. En este

caso, el programa no necesitaría pensar como un juez (y, por supuesto, tampoco

sentir) sino que debe actuar como él. Sobre todo en lo relacionado con sus

métodos de encontrar soluciones a determinados problemas; deducción, solución

de acertijos, prueba de teoremas, combinaciones, y, sobre todo, de la teoría de las

decisiones. Naturalmente, para llegar a un "juez" mecánico óptimo se necesitaría

del concurso de jueces humanos expertos que transmitan su experiencia, mas todo

esto es inútil si no se pierde la ciberfobia a la informática jurídica decisional.

Informática Jurídica de Gestión Según el Diccionario de la Real Academia

Española gestión es la acción y efecto de gestionar,

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

Se denomina inteligencia artificial (IA) a la rama de las ciencias de la

Computación dedicada al desarrollo de agentes racionales no vivos.

Para explicar la definición anterior, entiéndase a un agente como cualquier

cosa capaz de percibir su entorno (recibir entradas), procesar tales percepciones y

actuar en su entorno (proporcionar salidas), y entiéndase a la racionalidad como

una capacidad humana que permite pensar, evaluar y actuar conforme a ciertos

principios de optimidad y consistencia , para satisfacer algún objetivo o finalidad.

De acuerdo al concepto previo, racionalidad es más general y por ello más

adecuado que inteligencia para definir la naturaleza del objetivo de esta disciplina.

Por lo tanto, y de manera más específica la inteligencia artificial es la

disciplina que se encarga de construir procesos que al ser ejecutados sobre una

arquitectura física producen acciones o resultados que maximizan una medida de

11

rendimiento determinada, basándose en la secuencia de entradas percibidas y en el

conocimiento almacenado en tal arquitectura.

Existen distintos tipos de conocimiento y medios de representación del

conocimiento, el cual puede ser cargado en el agente por su diseñador o puede ser

aprendido por el mismo agente utilizando técnicas de aprendizaje.

También se distinguen varios tipos de procesos válidos para obtener resultados

racionales, que determinan el tipo de agente inteligente. De más simples a más

complejos, los cinco principales tipos de procesos son:

 Ejecución de una respuesta predeterminada por cada entrada (análogas a

actos reflejos en seres vivos).

 Búsqueda del estado requerido en el conjunto de los estados producidos

por las acciones posibles.

 Algoritmos genéticos (análogo al proceso de evolución de las cadenas de

ADN).

 Redes neuronales artificiales (análogo al funcionamiento físico del cerebro

de animales y humanos).

 Razonamiento mediante una lógica formal (análogo al pensamiento

abstracto humano).

También existen distintos tipos de percepciones y acciones, pueden ser

obtenidas y producidas, respectivamente por sensores físicos y sensores

mecánicos en máquinas, pulsos eléctricos u ópticos en computadoras, tanto como

por entradas y salidas de bits de un software y su entorno software.

Varios ejemplos se encuentran en el área de control de sistemas, planificación

automática, la habilidad de responder a diagnósticos y a consultas de los

consumidores, reconocimiento de escritura, reconocimiento del habla y

reconocimiento de patrones. Los sistemas de IA actualmente son parte de la rutina

en campos como economía, medicina, ingeniería y la milicia, y se ha usado en

gran variedad de aplicaciones de software, juegos de estrategia como ajedrez de

computador y otros videojuegos.”

12

EL SISTEMA DE EXPERTOS ARTIFICIALES

Este sistema o técnica es la más utilizada, establecida y en parte completa

dentro de las técnicas que conforman a la inteligencia artificial.

Como se mencionó anteriormente consiste en la incorporación de

conocimientos de expertos humanos sobre una determinada problemática, para la

solución de cualquier tipo de problema, sobre todo aquellos no solucionables por

los métodos tradicionales de la informática. Este sistema o técnica es la más

utilizada, establecida y en parte completa dentro de las técnicas que conforman a

la inteligencia artificial.

Consiste en la incorporación de conocimientos de expertos humanos sobre una

determinada problemática o materia, para la solución de cualquier tipo de

problema, sobre todo aquellos no solucionables por los métodos tradicionales de

la Informática.

A continuación se enfocarán algunas ventajas y desventajas acerca de los

sistemas expertos artificiales en relación con los humanos, con lo cual se puede

hacer referencia a los puntos positivos y negativos de la inteligencia artificial y la

humana, siguiendo la orientación del Licenciado en Informática Jesús Vaquero

Carballo.

¿Por qué desarrollar un sistema experto artificial?

* Para preservar el conocimiento de algún experto de una compañía que se jubile,

renuncie o fallezca.

* Para poder propagar ese conocimiento por el resto de la compañía.

* Crea un mecanismo no sujeto a defectos humanos, como la fatiga.

"Debe ser perfectamente comprendida (la Informática Jurídica Decisional) para

no pensar en un automatismo de la decisión equivalente a una iuscibernética, sino

en la ayuda que pueda prestar al juez en cuanto a establecer unas determinadas

pautas en resoluciones muy repetitivas y facilitar la redacción de las mismas, bien

13

al propio juez, bien al funcionario judicial que tenga que llevar a cabo la tarea de

copia".

EL SISTEMA DE EXPERTO ARTIFICIAL LEGAL

La mayoría de los sistemas expertos artificiales legales son basados en

jurisprudencia y recopilación legal, de manera que los abogados tengan la

facilidad de trabajar sin perder el tiempo buscando o investigando casos referidos

a puntos específicos en alguna jurisprudencia o una norma determinada.

Un sistema de experto legal artificial debe de estar capacitado para producir

mediante programas de relación y detección consejos similares de los que

cualquier persona podría adquirir de un abogado, de manera que trabaja al mismo

nivel pragmático que un abogado, mas no del mismo nivel filosófico de

jurisprudencia o interpretación de leyes.

En Estados Unidos se ha desarrollado un sistema artificial de experto legal

llamado Shyster, que consiste en un sistema de casos legalmente basados. De

manera que, este sistema aconseja con respecto a los argumentos, exanimación a

través de relación, de casos similares.

Constituye un sistema basado en inteligencia artificial, a través del cual se

recopila y archiva electrónicamente información legal para que pueda resolver de

manera pragmática problemas o consultas legales planteadas por los usuarios, así

como un experto humano (abogado) podría resolver consultas de sus clientes.

Otros autores tienden a ver el objetivo de la Informática Jurídica Decisional

muy similar al de la Informática Jurídica de Gestión, como es el caso de Hermilio

Tomás Azpilcueta:

"Debe ser perfectamente comprendida (la Informática Jurídica Decisional) para

no pensar en un automatismo de la decisión equivalente a una iuscibernética, sino

en la ayuda que pueda prestar al juez en cuanto a establecer unas determinadas

pautas en resoluciones muy repetitivas y facilitar la redacción de las mismas, bien

al propio juez, bien al funcionario judicial que tenga que llevar a cabo la tarea de

copia".

14

CUADRO COMPARATIVO ENTRE LOS SISTEMAS UTILIZADOS EN

LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y SU EQUIVALENCIA EN LA

HUMANA

El presente cuadro comparativo está basado en las ideas que al respecto Jesús

Vaquero Carballo ha concluido, quien es Licenciado en Informática y Magister en

la Universidad Politécnica de Madrid sobre Ingeniería del Conocimiento

(Inteligencia Artificial y Sistemas Expertos).

INTELIGENCIA ARTIFICIAL INTELIGENCIA HUMANA

Visión artificial. Reconocimientos de

formas; consiste en el reconocimiento y

ofrecimiento de información.

Traducción automática y generación de

lenguaje natural; permitiendo la

traducción automática de palabras o

textos de un idioma a otro, ofreciendo

entre otras cosas sinónimos y antónimos.

Sistemas de Robótica; que se aplica

generalmente en el ramo industrial.

Formación asistida por computador; a

través de la cual el computador actúa

como tutor del alumno, solucionándole

los problemas e indicando donde se ha

equivocado.

Diseño y fabricación asistida por el

computador, para su aplicación en

carros, arquitectura, moda, entre otras

cosas.

Sistemas Expertos; que consiste en la

incorporación de conocimientos de

expertos humanos sobre una determinada

problemática, para la solución de

cualquier tipo de problema, sobre todo

aquellos no solucionables por los

métodos tradicionales de la informática.

Vista humana, a través de la cual se

pueden reconocer formas.

Oído y habla humanos.

Funciones manuales y motoras humanas.

Relación alumno profesor o tutor.

Diseño y fabricación manual, humana.

Relación directa experto- aprendiz.

15

VENTAJAS DESVENTAJAS

EXPERTO ARTIFICIAL EXPERTO HUMANO

Permanencia y constancia. Perecedera.

Fácil de producir y transferir. Es difícil de transferir y reproducir.

Facilidad de documentar. Difícil de documentar.

Accesible y asequible. Costosa.

Consistente y completa. Puede ser errada o incorrecta.

DESVENTAJAS VENTAJAS

EXPERTO ARTIFICIAL EXPERTO HUMANO

No inspirada, no es creativa. Creativo por el razonamiento.

Carece de razonamiento. Razonamiento.

Podría no adaptarse en primera

instancia.

Tratamiento simbólico. Facilidad sensorial.

Está constituida por Conocimiento

técnico.

Adaptable.

Sentido común.

INFLUENCIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA META

DOCUMENTAL EN EL CAMPO DECISIONAL.

Es relevante explicar que la influencia de la Inteligencia Artificial en el campo

decisional radica en sistemas de búsqueda basadas en la relación de caracteres por

la propia computadora, dando respuesta a la pregunta realizada por el usuario,

pero de manera pragmática y no filosófica, por cuanto la computadora u

ordenador por constituirse en simplemente una máquina, carece de la capacidad

de razonar.

De esta forma, cuando se hace referencia al campo decisional, es necesario

tomar en cuenta la ayuda que estos sistemas pueden prestar no solamente al juez

en su función pública jurisdiccional, sino también al propio abogado, quien podrá

tener una mejor recopilación y actualización de la información jurídica a través de

16

la respuesta proporcionada por el computador u ordenador, obteniendo algo así

como una posible predicción de la decisión judicial.

INFLUENCIA DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA META

DOCUMENTAL EN LA REDACCIÓN DE DOCUMENTOS O

DEMANDAS.

En este caso hay que aclarar que no se trata de la redacción automática de actos

repetitivos, debido a que ese punto pertenecería a la Informática Jurídica de

Gestión y Control.

De manera que, la Informática Jurídica Metadocumentaria va más al fondo,

porque resulta que trata acerca de las posibles correcciones en la redacción del

documento, referidas a redundancias, vacíos o errores legales, mal redacción,

errores ortográficos y/o gramaticales, entre otras cosas, con la finalidad de

conseguir como fin último la realización de un documento que llene todos los

requisitos formales y materiales.

Por otro lado, el señor Orlando Solano Bárcenas presenta en su libro Manual

de Informática Jurídica la siguiente definición:

"La Informática Jurídica Decisional, actúa sobre los modelos que se pueden

construir sobre la base de datos retenidos en registros previamente levantados con

los términos de la Informática Jurídica Documental. Dichos modelos, puestos en

funcionamiento, permiten explicar la realidad de la cual el modelo es una versión

abstracta, que sirve para hacer factible una previsión de comportamiento frente a

múltiples posibilidades. La Informática Jurídica Decisional utiliza una

herramienta, los sistemas expertos. Estos le facilitan la toma de decisiones, por su

inmensa capacidad para escoger la respuesta adecuada dentro de parámetros

característicos de la situación que se ha de resolver".

Es de notar que este autor contempla la Informática Jurídica Decisional como

una parte especializada de la Informática Jurídica de Gestión.

17

Por su parte, Carmen Cintron Ferrer expone en la conferencia titulada La

Aplicación de las Técnicas de Inteligencia Artificial a la Informática Jurídica[,

una posible relación entre estas dos disciplinas:

"El uso de las tecnologías en los sistemas de justicia debe dirigirse por rumbos

más positivos y prácticos. Los conceptos y métodos de la informática,

particularmente la rama que denominamos Inteligencia Artificial, deben

encaminarse al auxilio de los juristas en su obligación de impartir justicia en

igualdad de condiciones. [...] Las decisiones emitidas por robots (máquinas

inteligentes) no garantizan el que se imparta justicia. No obstante, la posibilidad

de la existencia y uso de dichas máquinas, aunque distante, se acerca cada día

más".

El iusinformático Antonio Martino, define los sistemas expertos legales de la

siguiente forma:

"Un Sistema Experto Legal consiste en una serie de programas que consisten

en obtener inferencias válidas a partir de una base de datos jurídicos estructurada,

siguiendo recorridos no previstos, justificando cada recorrido en la indicación de

las reglas aplicadas y poniendo a disposición una interfase hombre-máquina que

facilite la introducción de nuevas reglas en los puntos en los cuales la base de

conocimientos se revela incompleta o no actualizada. Un Sistema Experto Legal

debería ser capaz de simular aquella parte del racionamiento jurídico (de un

experto jurídico) que de las normas extrae conclusiones o de los precedentes

consigue una regla general".

APLICACIÓN DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA

INFORMÁTICA JURÍDICA DECISIONAL

18

Como menciona Solano, los sistemas expertos son una herramienta usada por

la Informática Jurídica Decisional, siendo estos una aplicación de la Inteligencia

Artificial.

La Inteligencia Artificial, como tal, se puede agrupar en tres grandes áreas o

clasificaciones a saber:

A) Análisis automático y conocimiento del lenguaje (idioma natural).

B) Solución automática de problemas y prueba o demostración de teoremas.

C) Robótica.

Se descarta la aplicación de la robótica en el ámbito jurídico, porque el

desarrollo de un jurista mecánico o de un sistema de justicia que dependa del uso

de robots no se contempla en un futuro cercano. Las restantes categorías, por el

contrario, tienen gran pertinencia y aplicabilidad en el ámbito jurídico.

Las posibles aplicaciones, según Cintron, pueden ser de dos clases, los

sistemas de informática jurídica y los sistemas de análisis jurídico.

En los Sistemas de Informática Jurídica, la actividad inteligente hace referencia

a la recuperación de la mayor cantidad de información jurídica pertinente del

banco de datos utilizado. Resulta, pues, viable la implantación de un sistema

automático de búsqueda conceptual. Otro aspecto es la posible utilización de las

técnicas de respuesta a interrogantes en los bancos de datos jurídicos, o el

establecimiento de bancos de datos que provean acceso a la información

pertinente, sin que el investigador tenga que dedicarse a examinar y evaluar los

documentos que resultan de la búsqueda.

El Sistema de Análisis Jurídico, es decir, un sistema jurídico experto, puede

describirse como un sistema que organiza y expresa automáticamente un conjunto

de conocimientos y produce para el usuario una recomendación acorde a las

normas preestablecidas de la acción a seguirse. Los elementos que integran un

sistema experto de esta naturaleza son los siguientes:

Capacidad para representar en abstracto la descripción de un caso en cuanto a

los hechos.

19

Capacidad para representar en abstracto, y en forma lógica, los principios

jurídicos aplicables al caso, y la capacidad para evaluar las implicaciones de la

aplicación de las normas al caso.

La existencia de un mecanismo que efectúe el análisis jurídico; esto es, que

seleccione las normas o principios pertinentes y los aplique.

Un programa inteligente aplicado al derecho contencioso, por ejemplo, trataría

de simular el comportamiento de un juez cuando se enfrenta a un problema

litigioso. En este caso, el programa no necesitaría pensar como un juez (y, por

supuesto, tampoco sentir) sino que debe actuar como él. Sobre todo en lo

relacionado con sus métodos de encontrar soluciones a determinados problemas;

deducción, solución de acertijos, prueba de teoremas, combinaciones, y, sobre

todo, de la teoría de las decisiones.

Naturalmente, para llegar a un "juez" mecánico óptimo se necesitaría del

concurso de jueces humanos expertos que transmitan su experiencia. Más todo

esto es inútil si no se pierde la ciberfobia a la informática jurídica Decisional.

ASPECTOS EN CONTRA DE LA APLICACIÓN DE LA INFORMÁTICA

JURÍDICA DECISIONAL

Las respuestas no se obtienen por deducción lógica, es decir, las reglas

jurídicas no tienen la fuerza que tienen las reglas o sus equivalentes en otros

campos, como en las matemáticas; uno no las encadena para llegar a una

respuesta, generalmente se encuentran en una perspectiva heurística y no teórica.

Los términos utilizados en las reglas jurídicas generalmente dan lugar a una

gran cantidad de interpretaciones. Por otro lado todos los conceptos jurídicos

tienen excepciones o cambian con el tiempo.

En el campo del derecho, con frecuencia hay también más de una respuesta. El

arte de la retórica de los juristas enfrentados lleva casi siempre al menos a dos

respuestas opcionales.

20

Las respuestas del derecho cambian de manera gradual o abrupta. Nuevos

conceptos legales surgen o se modifican sustancialmente los antiguos.

APLICACIONES

Thomas Hendrik y Bruce Buchanan iniciaron en 1970 una serie de

investigaciones sobre inteligencia artificial, que tiene como finalidad ayudar a los

juristas a la comprensión de los criterios de razonamiento y solución de problemas

de orden jurídico.

Sistema Taxman II desarrollado por Mc Carty y Sridham, para títulos

accionarios y derecho fiscal.

Sistema Hafner Legal Research System, especializado en derecho cambiario.

Sistema de Allen, de normalización del lenguaje jurídico.

Sistema desarrollado por el Instituto para la Documentación Jurídica de Florida

para el cálculo de montos en accidentes automovilístico

21

CONCLUSIÓN

Al finalizar esta investigación sobre la Informática Jurídica Decisional, nos

hemos dado cuenta, que a pesar de todo lo novedoso que puede ser este tema, y al

plantear sus ventajas y desventajas, aún existe un cierto temor en las personas,

acerca de estas nuevas aplicaciones en el ámbito Jurídico.

A pesar de que el mundo está en constante cambio, y siempre han de salir

aplicaciones y tecnologías cada vez más novedosas, hay un cierto temor al

momento de implementarlas.

Siempre ha existido un cierto grado de resistencia, hacia estos temas, originado

por la ciberfobia, pero al final se realizarán en algún momento específico, para así

lograr los resultados adecuados en atención a la solución de casos jurídicos

concretos.

22

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ALCANCE, Eduardo y GARCÍA, Miguel. Informática Básica. 2a. Edición.

MacGraw-Hill. España. 1.994.

GÁNDARA, Manuel. Apoyos a la enseñanza-aprendizaje mediante computadora,

México, UNAM, Centro de Investigación y Servicios Educativos.

GIRALDO, Jaime. Informática Jurídica Documental. Temis. Colombia. 1.990.

LOSANO, M. G, "Giuscibernetica", en Nouvi Sviluppi della sociologia del diritto,

al cuidado de R. TREVES, Milano, Edizioni di Comunitá, 1968.

PEÑARANDA, Hector. (Doctor en Derecho) Presidente de la Organización

Mundial de Derecho e Informática. Autor del Libro IUSCIBERNÉTICA:

Interrelación entre el Derecho y la Informática Venezuela.

TÉLLEZ, Julio. Derecho Informático. 2a. Edición. México. 1.996. Pág. 283.

UNED. Revista Iberoamericana de Derecho Informático. XIV Tomos. España.

.1.996.

[1] Publicado por pother10, fuente http://kena.blogcindario.com/usuario/

5539708-photer10.html

[2] Nasly Pascuas Caviedes- Facultad de derecho, fuente

http://www.slideshare.net/nspascuasc/informatica-juridica

[3] Internet ING. Laura Bazan Díaz, fuente http://elsitio10.awardspace.com/wp-

content/uploads/2007/10/marco_juridico_auditoria.pdf

[4] Sandy Villamil Beltran , fuente

http://spvillamilb.blogspot.com/2009/04/informatica-juridica- decisional.html

23

[5]    Nasly Pascuas Caviedes, Faculta de Derecho Fuente,

http://www.slideshare.net/guest9ca8c4/definicion-y- clasificacion-de- la-

informatica-juridica

[6] Wikipedia, enciclopedia libre, fuente

http://es.wikipedia.org/wiki/Inteligencia_artificial Acerca de estos anuncios

http://www.monografias.com/trabajos23/informatica-juridica-

metadocumental/informatica-juridica- metadocumental.shtml#ixzz3znU8e77a

http://www.monografias.com/trabajos96/informaticajuridica/informaticajuridica2.

shtml#ixzz3znQbRchR

http://www.monografias.com/trabajos96/informaticajuridica/informaticajuridica2.

shtml#ixzz3znPoN5rf

Derecho Informático

Se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos. El derecho informático, surge como esa medida de regulación de carácter jurídico. La cibernética ha jugado un papel muy importante en estas relaciones establecidas. De esta manera, tenemos la ciencia de la informática y la ciencia del derecho en la cual ambas disciplinas interrelacionadas trabajan muy eficiente y eficazmente, por cuanto el derecho en su aplicación es ayudado por la informática, esta debe estar facultada por ciertas reglas y criterios que aseguren el cumplimiento y respeto de las pautas informáticas. Así es como nace el derecho informático como una ciencia y surge a raíz de la cibernética, como una ciencia que trata la relación del derecho y la informática desde un punto neutral con un conjunto de normas, que va a ser la encargada de regular o establecer procesos en la complejidad informática, la cual es muy cercana a la informática jurídica. 1 CONCEPTO DE DERECHO INFORMÁTICO El concepto de Derecho Informático surge, entonces, a partir de los conceptos de "Tecnología de la Información" y "Sociedad de la Información", que son antecedentes necesarios e identificadores del Derecho Informático, ya ambos conceptos son los que le otorgan un objeto de estudio propio, el cual requiere una metodología específica con categorías conceptuales propias (además de las que comparte con las otras ramas del Derecho), y cuyas fuentes tienen particularidades originadas en el vertiginoso cambio inherente al ámbito tecnológico. Como principio general, el Derecho debe evolucionar con las nuevas necesidades y costumbres de los seres humanos para así poder regular adecuadamente las nuevas relaciones que surgen. Así, se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas sus áreas de estudio se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos. Por este grado de evolución de la tecnología y su impacto en todas las actividades humanas se ha convertido en una rama del Derecho donde sus especialistas investigan cada implicancia legal en el uso y aplicación de la informática y las tecnologías de información (TIC). Sin embargo, algunos autores han considerado que ésta nueva faceta del Derecho no debe ser considerada tanto como una rama autónoma, sino como un proceso de transformación del Derecho, ya que la aparición de la informática ha provocado la diversificación de los procesos jurídicos, tales como juicios, pruebas, medios de delinquir, etc. La denominación “Derecho Informático” es la más consensuada entre los profesionales, pues también se han utilizado  términos como Derecho Telemático, 2 Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, entre otros. Concluiremos que el Derecho Informático inevitablemente se ha convertido en una rama independiente, con un objeto propio, que aborda los temas con categorías, conceptos, y metodología de trabajo propia. EL DERECHO INFORMÁTICO Y SU AUTONOMÍA COMO NUEVA RAMA DEL DERECHO. Según el Autor Hiram Raúl Piña Libien “El conocimiento científico del derecho implica distinguirlo del mero objeto del derecho. Aquí intentaré demostrar la posibilidad latente de la existencia de la autonomía del Derecho Informático como nueva rama del Derecho. En materia jurídica son distintos y variados los modelos que tratan de explicar a la ciencia del derecho; por lo que, en el presente utilizare un modelo bastante simple; consistente en la distinción del objeto del derecho y la ciencia del derecho. El primero –el objeto del derecho-, tiene como función el estudio de la norma; la exteriorización de una conducta humana y sus efectos; y, el valor intrínseco de la norma al buscar la realización de los axiomas jurídicos. La segunda –la ciencia del derecho-, por su parte, busca: la descripción de la norma; la verdad o falsedad de la norma; el entendimiento de la actividad jurisdiccional; y, la comprobación de las hipótesis contenidas en la norma.” Se toma al derecho informático como una rama independiente y autónoma del derecho, ya que establece y ejerce sus propios estudios acerca principios e hipótesis de la informática en el ámbito legal. EL DERECHO INFORMÁTICO EN VENEZUELA Se puede decir que el nacimiento de un rama jurídica surge através de los cambios sociales reflejados en los años, en el caso de la informática no paso 3 mucho tiempo para la aparición de dichos cambio ya que en muy poco tiempo se lograron sociedades muy informatizadas, por lo que la misma es importante ya que sin ella la informática colapsaría. Actualmente en Venezuela son pocos los sustentos que podamos encontrar, pero para los abogados es más fácil basándose, por ejemplo en el código civil en lo que hace referencia a las personas su protección de datos, derecho a la intimidad, responsabilidad civil, entre otras. El derecho informático entonces si protege al campo informático, quizás no con tanta trayectoria que otras ramas del derecho, pero si existe teniendo como finalidad la aplicación licita de los instrumentos informáticos. RED VENEZOLANA DE DERECHO INFORMÁTICO (RVDI) Es una Asociación Civil cuya finalidad es dar a conocer la importancia que el Derecho Informático representa tanto para el Abogado como para cualquier profesional en Venezuela e Iberoamérica. A través de sus diversas Áreas de Trabajo buscamos fortalecer la enseñanza junto a la apoyo de diversos profesionales, así como también de Organizaciones hermanas a nivel internacional. DIFERENCIA ENTRE DERECHO INFORMÁTICO E INFORMÁTICA JURÍDICA El derecho informático es la otra cara de la moneda. En esta moneda encontramos por un lado a la informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho. 4 Ahora bien, la informática jurídica constituye una ciencia que forma parte del ámbito informático, demostrando de esta manera que la informática ha penetrado en infinidad de sistemas, instituciones, etcétera; y prueba de ello es que ha penetrado en el campo jurídico para servirle de ayuda y servirle de fuente. Por lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que existe en nuestro país. DIFERENCIAS ENTRE INFORMÁTICA JURÍDICA Y DERECHO INFORMÁTICO Según lo observado en el cuadro comparativo podemos decir o concluir que una de las diferencias claras entre la informática jurídica y el derecho informático, es que el derecho informático, son normas para crear soluciones jurídicas en cuanto al campo informático y la informática jurídica, es el estudio de la aplicación de la tecnología en el campo de derecho, es decir que mejora los procesos y moderniza al derecho. 5 CASOS PRÁCTICOS Caso : Protección de Datos Personales El Sr. Juan Arriaga, además de su trabajo retribuido como empleado de mantenimiento, desempeñaba funciones de catequista en una parroquia del barrio de Belgrano. Hizo un curso de informática en el que, entre otras cosas, tenía que crear una página web en Internet. A finales de 2007, el Sr. Juan Arriaga creó, en su domicilio y con su computadora personal, varias páginas web con el fin de que los feligreses de la parroquia que se preparaban para la confirmación pudieran obtener fácilmente la información que necesitaran. A petición suya, el administrador del servidor Internet de la Iglesia creó un enlace entre las citadas páginas y dicho centro servidor. Las páginas web contenían información sobre el sr. Arriaga y dieciocho compañeros de su parroquia: nombres completos, descripciones en tono humorístico de las funciones que desempeñaban cada uno, aficiones, situación familiar, número de teléfono y otras informaciones adicionales. Había un dato de una baja parcial por enfermedad por rotura de pie. Para elaborar dichas páginas no se había pedido consentimiento, ni había habido comunicación de la existencia del fichero a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales. En atención del caso anteriormente señalado, debemos tomar en cuenta que a medida que ha seguido desarrollándose la información, los problemas jurídicos se han ido agudizando obligando que los países creen legislaciones especiales para regular y controlar estas situaciones, las cuales cuentan con leyes de protección de datos, ley para los crímenes y delitos cometidos durante el uso de la tecnología, jurisprudencias, para los actos y hechos que involucran a la tecnología en las relaciones laborales, regímenes legales para dominios web, en fin, un sin número de legislaciones, doctrinas y jurisprudencias, que les permiten garantizar los derechos de su pueblo y continuar recibiendo los aspectos positivos de las tecnologías.  

 CONCLUSIÓN 
 Para Téllez Valdes el Derecho informático es una rama de ciencias jurídicas que contempla a la informática como instrumento (informática jurídica) y como objeto de estudio (derecho de la informática). La informática, es uno de los fenómenos más significativos de los últimos tiempos, según ya hemos visto, deja sentir su incontenible influjo en prácticamente todas las áreas del conocimiento humano, dentro de las cuales el derecho no puede ser la excepción, dando lugar a una inter disciplina conocida como el derecho informático. Aunque difícil de procesar por el variado número de peculiaridades y muy a pesar de los opuestos puntos de vista que pudiera provocar, podemos decir que el derecho informático es una rama de la ciencia jurídica que contempla a la informática como instrumento y como objeto de estudio. Visto al derecho informático como una rama del derecho que si bien es cierto hoy se ha reconocido, aun no se le ha dado la importancia debida, tal vez porque la intención se ha concentrado en los beneficios que su uso cotidiano ha dado que los perjuicios que con su mal uso han ocasionado, por ello se considera el Derecho informático como una serie de normas porque la llamada política informática lo identifica como un conjunto de las mismas y regula los actos jurídicos a partir del uso de la computadora y que por ser una rama del derecho “nueva” se encuentra dispersa en los códigos de materiales y leyes del ordenamiento jurídico, como es en material mercantil, penal, derechos de autor y otros.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 
 http://es.slideshare.net/ruben10637348/derecho-informtico- tecnologa-y- derecho http://www.buenastareas.com/materias/evolucion-del- derecho-informatico- en- venezuela/0 http://www.ordenjuridico.gob.mx/Congreso/pdf/78.pdf 
http://www.nicolastato.com.ar/esp/index.php?option=com_content&view=article &id=6:artderechoinformaticonuevarama&catid=10:categderechoinf&Itemid=7 http://www.nicolastato.com.ar/esp/index.php?option=com_content&view=article &id=4&Itemid=6